Derechos de los Padres
Los Padres de los alumnos y alumnas tienen derecho a:
- Obtener del Colegio información sobre los antecedentes académicos y de conducta de sus hijos de acuerdo con lo establecido en el calendario escolar.
- Ser recibidos por el profesor de su hijo en el horario destinado a tal efecto, previa cita.
- Comunicarse por escrito con el Colegio mediante la Agenda Escolar.
- Asistir a reuniones periódicas.
- Ser notificado de los procedimientos disciplinarios que se inicien en contra de su hijo.
Deberes de los apoderados
El diálogo permanente entre familia y el colegio cooperará a la creación de un ambiente consecuente, claro y positivo que permitirá el desarrollo integral de los alumnos y alumnas materializando su proyecto de vida. Para permitir ese proceso, los padres de los alumnos y alumnas tienen los siguientes deberes:
- Conocer, respetar, cumplir y acatar el presente reglamento en todas sus partes.
- Asistir al colegio con la adecuada sobriedad en presentación, trato y modales.
- Velar por la correcta presentación personal de su pupilo.
- Velar por la asistencia a clases y el cumplimiento de los horarios de entrada y salida de su hijo. Los padres deberán justificar por escrito las inasistencias y atrasos de sus hijos.
- Mantenerse informados de la marcha académica de su hijo. Para tal efecto, deberán revisar diariamente las tareas y agenda. A través de esta última, se realizarán formalmente por escrito todas las notificaciones y comunicaciones al padre, siendo obligación de este último la revisión y lectura de la misma.
- Responder por los daños de cualquier índole que pueda provocar su hijo en el mobiliario o infraestructura de la Unidad Educacional.
- Asumir responsablemente los compromisos económicos contraídos con el colegio, respetando la fecha de pago los 5 primeros días del mes, de Enero a Octubre de cada año calendario, de acuerdo al valor informado por el Colegio.
- Asistir al colegio a las reuniones de curso, así como en caso de citación de los profesores u otras autoridades del colegio.
- Informar de manera oportuna y fidedigna al Colegio de toda enfermedad limitación física, dificultad personal o cualquier situación que pueda afectar el rendimiento del estudiante en el Colegio, especialmente en la asignatura de Educación Física.
- Fijar un domicilio, indicar un número de teléfono y/o correo electrónico, informando al colegio cada vez que cambie alguno de ellos, que será válido para comunicarse directamente con el padre o con el alumno o alumna, a los efectos del envío de notificaciones y correspondencia, según corresponda.
- Mantener un contacto permanente y oportuno con todos los estamentos del colegio, especialmente a través del profesor encargado.
- Proveer al alumno o alumna bajo de todos los materiales requeridos por el colegio para las diferentes asignaturas o módulos.
- Informar por escrito a la dirección de toda orden o prohibición judicial que diga relación con las visita o retiro de sus hijos de clases, y de cualquier cambio de padre encargado, teniendo que ratificarse esta última decisión personalmente en el Colegio por el padre registrado oficialmente en el mismo.
Medidas y sanciones aplicables
Podrán aplicarse las siguientes sanciones (una sola o varias de ellas conjuntamente, según se estime adecuado):
- Diálogo personal pedagógico y correctivo.
- Diálogo grupal reflexivo.
- Amonestación verbal.
- Amonestación por escrito.
- Comunicación al padre de familia.
- Citación al encargado.
- Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar).